La Comunidad de Madrid ya acepta solicitudes para la ayuda de 500 € por hijo: así puedes pedirla

🔹 La prestación económica busca fomentar la natalidad entre los jóvenes y se extiende desde el quinto mes de embarazo hasta que el menor cumpla dos años.
Isabel Díaz Ayuso durante una comparecencia oficial de la Comunidad de Madrid, con el logo institucional y las banderas de España y Madrid de fondo.

La Comunidad de Madrid ha abierto el plazo para que las madres de hasta 30 años puedan solicitar una ayuda económica de 500 euros al mes por hijo. La prestación está destinada a gestantes a partir de la semana 21 de embarazo, madres que hayan dado a luz y familias que hayan adoptado a un menor. 

El objetivo de esta medida es ofrecer un apoyo financiero a las madres jóvenes, permitiéndoles recibir un total de hasta 12.000 euros por hijo a lo largo de un periodo de dos años.

Requisitos y condiciones para recibir la ayuda

Para acceder a esta prestación, las solicitantes deben cumplir con una serie de requisitos esenciales establecidos por la normativa de la Comunidad de Madrid:

  • Tener 30 años o menos en el momento de presentar la solicitud.
  • Acreditar un empadronamiento de al menos 5 años en un municipio de la Comunidad de Madrid, dentro de los 10 años previos a la solicitud.
  • No superar los 30.000 euros de renta anual individual o los 36.200 euros en el caso de unidades familiares.
  • Estar en situación de gestación (a partir de la semana 21), haber dado a luz (incluidos partos múltiples) o haber adoptado un menor.
  • Ser ciudadana española o extranjera con residencia legal en España.
  • No estar incurso en alguna de las prohibiciones de recibir ayudas según las normas establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Esta ayuda es compatible con otras prestaciones, como la del Ayuntamiento de Madrid que puede ascender hasta los 1.000 euros.

Documentación necesaria para la solicitud

Si cumples los requisitos, estos son los documentos que deberás presentar para la ayuda a embarazadas y niños hasta dos años:

  • Documento de identidad (DNI o NIE).
  • Certificado de empadronamiento.
  • Justificante de ingresos (como la declaración del IRPF o Certificado negativo de Renta).
  • Informe médico de gestación o el certificado de nacimiento del menor.
  • Una declaración responsable.

Vías para presentar la solicitud

La solicitud puede presentarse durante el plazo anual que va del 1 de enero al 31 de diciembre. Hay dos vías principales para ello:

  • Vía telemática. A través del Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid, si dispones de certificado digital.
  • Vía presencial. En cualquier Oficina de Registro, a través de los ayuntamientos adheridos a Ventanilla Única, en las oficinas del Registro de la Administración General del Estado o por correo certificado.

La respuesta a tu solicitud llegará en un plazo máximo de tres meses.

Jesús D. Saavedra

Redactor de contenidos web & Técnico de Marketing Digital.