Hacienda obliga a todos los perceptores del IMV a hacer la declaración de la renta: la Seguridad Social puede suspender la prestación

La campaña de la Renta 2025 arranca este 8 de abril y la Agencia Tributaria recuerda que la obligación afecta al titular y a todos los miembros de la unidad de convivencia, independientemente de sus ingresos.
Mujer haciendo la declaración de la renta

La campaña de la Renta 2025 comienza este miércoles y trae consigo una obligación que muchos beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) desconocen: presentar la declaración del IRPF es obligatorio para el titular y para todos los miembros de su unidad de convivencia, sin excepción y con independencia de la cuantía de sus ingresos.

El IMV no tributa, pero hay que declararlo igualmente

La Agencia Tributaria aclara que el IMV es una renta exenta y que en la gran mayoría de casos no hay nada que incluir económicamente en la declaración. Si no se han obtenido otras rentas adicionales, las casillas aparecerán con importe cero y el trámite se resuelve en pocos minutos. La cuota será cero: ni a ingresar ni a devolver.

Solo deben declararse como rendimientos del trabajo las cuantías que superen los 12.600 euros anuales, equivalentes a 1,5 veces el IPREM. Si junto al IMV se perciben otras ayudas como rentas mínimas de inserción, rentas garantizadas u otras ayudas similares de comunidades autónomas o ayuntamientos, únicamente debe declararse y tributarse por el exceso que supere ese umbral conjunto.

Qué ocurre si no se presenta: el riesgo de suspensión

El riesgo de no cumplir con esta obligación es directo y grave. Presentar anualmente la declaración del IRPF es una de las obligaciones explícitas de quienes cobran el IMV. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) puede suspender temporalmente el pago de la prestación a quienes incumplan, lo que para muchas familias significa quedarse sin su única fuente de ingresos.

Dado que la Agencia Tributaria comunica automáticamente los datos a la Seguridad Social, el INSS puede verificar en tiempo real quién no ha cumplido con su deber fiscal, procediendo al corte de la ayuda en la siguiente nómina.

Declaración conjunta o individual: qué recomienda Hacienda

Para familias con hijos menores, Hacienda recomienda valorar la declaración conjunta.

  • Si los progenitores están casados: pueden presentar una única declaración para toda la familia.
  • Si no hay matrimonio: uno de los padres puede presentarla conjuntamente con los hijos y el otro de forma individual.

Es vital que todos los menores que forman parte de la unidad de convivencia figuren en una declaración (ya sea conjunta o individual) para que la Seguridad Social considere cumplida la obligación de toda la familia.

Fechas clave para no llegar tarde

La presentación por internet estará abierta hasta el 30 de junio de 2026. A partir del 6 de mayo la Agencia Tributaria puede confeccionar la declaración por teléfono, con cita previa disponible desde el 29 de abril. La atención presencial en oficinas arranca el 1 de junio, con cita desde el 29 de mayo. Para declaraciones con resultado a ingresar y domiciliación bancaria, el plazo límite se adelanta al 25 de junio.

Para los perceptores del IMV sin rentas adicionales, el nuevo servicio Renta Directa permite la presentación instantánea sin necesidad de modificar ningún dato y este año llega a nueve millones de posibles usuarios, el doble que el año pasado. Es la opción más rápida y segura para evitar que la Seguridad Social paralice el ingreso mensual de la prestación.

Jesús D. Saavedra

Redactor de contenidos web & Técnico de Marketing Digital.