Si me caso, ¿pierdo el Ingreso Mínimo Vital?
María vive sola y cobra el Ingreso Mínimo Vital desde hace un año. Hace poco, su pareja le propuso casarse, y aunque le hizo ilusión, pronto le asaltó una duda: “Si me caso, ¿pierdo el Ingreso Mínimo Vital?”. No necesariamente, pero sí podrías ver cambios en la cuantía de la prestación. Al casarte se crea una unidad de convivencia y la Seguridad Social modificará la ayuda en función de los ingresos y el patrimonio de ambos cónyuges.
¿Qué ocurre con el Ingreso Mínimo Vital cuando te casas?
Cuando te casas y pasas a vivir con tu pareja, ya no cuentas como persona sola. A efectos del IMV, formáis una nueva unidad de convivencia y la Seguridad Social evaluará vuestras rentas y patrimonio de forma conjunta. A partir de ahí, pueden darse dos escenarios distintos:
- ✅ Se mantiene el derecho al IMV, pero cambia la cuantía. Si vuestros ingresos y patrimonio no superan los límites establecidos para una unidad de dos adultos (o más, si hay hijos), seguirás cumpliendo los requisitos. Eso sí: la cuantía se modificará y se aplicará la que corresponda a la nueva unidad de convivencia.
- ❌ Se suspende el IMV. Si el conjunto de ingresos o patrimonio supera los topes establecidos para vuestra nueva unidad de convivencia, perderás el derecho a percibir el IMV.
Límites de renta y patrimonio para cobrar el IMV
Si vives sola, el límite de renta para cobrar el IMV es más bajo: 7.905,72 euros al año. También el patrimonio permitido es inferior: 23.717,16 euros. Sin embargo, al casarte y formar una unidad de convivencia con tu pareja, esos topes aumentan. Ya no se calcula solo en base a tu situación, sino teniendo en cuenta los ingresos y el patrimonio de ambos. Aquí tienes una comparativa con los datos actualizados de 2025:
📊 Tabla 1: Límite de ingresos en 2025 (según la unidad de convivencia)
Unidad de convivencia | Límite mensual | Límite anual |
---|---|---|
Un adulto solo | 658,81 € | 7.905,72 € |
Un adulto + un menor | 856,46 € | 10.277,52 € |
Un adulto + dos menores | 1.054,10 € | 12.649,20 € |
Dos adultos | 856,46 € | 10.277,52 € |
Dos adultos + un menor | 1.054,10 € | 12.649,20 € |
Dos adultos + dos menores | 1.251,75 € | 15.021,00 € |
Tres adultos | 1.054,10 € | 12.649,20 € |
📊 Tabla 2: Límites de patrimonio en 2025 (según la unidad de convivencia)
Unidad de convivencia | Límite de patrimonio en euros |
---|---|
Un adulto solo | 23.717,16 € |
Un adulto + un menor | 33.204,02 € |
Un adulto + dos menores | 42.690,89 € |
Dos adultos | 33.204,02 € |
Dos adultos + un menor | 42.690,89 € |
Dos adultos + dos menores | 52.177,75 € |
Tres adultos | 42.690,89 € |
¿Cuánto puedo recibir de IMV si me caso?
El importe que puedes recibir tras casarte no depende de tus ingresos, sino del tamaño de la unidad de convivencia que formes con tu pareja. La Seguridad Social establece una cuantía garantizada para cada tipo de hogar, en función del número de adultos y menores que lo integran. En esta tabla puedes consultar la cantidad mensual que os correspondería como nueva unidad de convivencia:
📊 Tabla 3: Cuantía garantizada del IMV según el tipo de unidad (2025)
Preguntas frecuentes
¿Qué ocurre con el Ingreso Mínimo Vital en parejas de hecho?
Si estás inscrito como pareja de hecho, puedes formar parte de una unidad de convivencia a efectos del Ingreso Mínimo Vital. Eso sí, deberás acreditar que lleváis al menos 2 años inscritos en el registro oficial y que convivís desde hace más de 5 años. Cumpliendo esos requisitos, la Seguridad Social evaluará vuestros ingresos y patrimonio de forma conjunta para determinar si podéis recibir la ayuda.
¿Qué ocurre con el Ingreso Mínimo Vital en parejas no casadas?
Si convives con tu pareja sin estar casados ni registrados como pareja de hecho, podríais ser considerados unidad de convivencia si acreditáis una relación estable, notoria y con afectividad similar a la conyugal. Algunos tribunales han reconocido este derecho incluso sin registro formal, siempre que la convivencia sea inmediata a la solicitud del IMV y se haya mantenido de forma ininterrumpida durante al menos cinco años. En dicho caso, la Seguridad Social evaluará vuestros ingresos y patrimonio de forma conjunta para determinar si cumplís los requisitos del IMV.
¿Tengo que comunicar un cambio en mi situación?
Sí, tienes que comunicar cualquier cambio que pueda afectar al Ingreso Mínimo Vital (IMV), como casarte, iniciar una convivencia con tu pareja o cambiar de domicilio. Debes informar a la Seguridad Social en un plazo máximo de 30 días naturales desde que se produzca el cambio. La cuantía de la prestación se ajustará a partir del primer día del mes siguiente a la fecha en que ocurrió el cambio. Puedes notificar estas variaciones a través del portal del IMV o en una oficina de la Seguridad Social.
Conclusión
Casarte no implica perder automáticamente el Ingreso Mínimo Vital, pero sí modifica la composición de tu unidad de convivencia y la forma en que se calcula la ayuda. La Seguridad Social tendrá en cuenta los ingresos y el patrimonio de ambos miembros, lo que puede suponer un cambio en la cuantía o incluso la pérdida del derecho si se superan los límites establecidos. Si estás en esta situación, revisa bien los requisitos y comunica tu nuevo estado cuanto antes para que puedan valorar tu caso y ajustar la prestación de forma adecuada.